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Ya se pueden pedir las ayudas económicas a la conciliación en Asturias

Desde hoy martes 26 de julio hasta el 15 de Septiembre ya se pueden solicitar las ayudas para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar con motivo de la situación ocasionada por la COVID-19.

Esta ayuda económica se podrán beneficiar:

-Familias trabajadoras con niñas y niños de hasta doce años inclusive a su cargo.

-Cada unidad familiar, con independencia de su tipología o composición, podrá ser beneficiaria de una ayuda.

-Todas las personas responsables de la unidad familiar cualquiera que sea su composición deberán estar en situación de alta en la Seguridad Social como trabajador/a por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o cualquier otro régimen especial incluido en el sistema de la Seguridad Social o bien en otros regímenes especiales regulados por sus leyes específicas, a la fecha de la solicitud, tener unos ingresos anuales declarados por unidad familiar iguales o inferiores a 45.000 euros, conforme al último ejercicio completo de la renta de las personas físicas, tener su residencia efectiva en el Principado de Asturias, estando empadronada/as con anterioridad al 1 de enero de 2022 y continuando al tiempo de la solicitud e incurrir en un gasto subvencionable acreditable al margen de la red pública de recursos desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022.

La Ayuda será de 400 euros para las familias con un hijo/a hasta 12 años de edad inclusive y de 600 euros para las familias con dos o más hijos/as hasta 12 años de edad inclusive.

La ficha de servicio esta publicada n la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y se podrá localizar introduciendo el código AYUD0327T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Toda la información en el siguiente enlace. (Haz clic aquí)

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