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Subvenciones con destino a entidades locales del Principado de Asturias para impulso de servicios de dinamización tecnológica local.

Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad

Las presentes bases tienen por objeto regular el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades locales del Principado de Asturias para impulso de Servicios de Dinamización Tecnológica Local.

Esta línea de subvenciones tiene por finalidad impulsar la innovación, investigación y transformación digital en los municipios asturianos menores de 20.000 habitantes promoviendo el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de Asturias (PCTI) 2018-2022.

Mediante los Servicios de Dinamización Tecnología Local se pretende facilitar el acceso de la ciudadanía a las tecnologías de la información y las comunicaciones y proporcionar soporte a los distintos colectivos y agentes sociales del ámbito territorial municipal para contribuir a la innovación y transformación digital.

Asimismo, a través de estos Servicios se podrán realizar actuaciones que permitan la implantación de la Administración Electrónica en el ámbito rural y consolidación de los servicios públicos digitales de las entidades locales.

Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convoquen al amparo de las presentes bases, en los términos que las convocatorias establezcan, las siguientes entidades locales del Principado de Asturias:

-Entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes.

-Mancomunidades de municipios, siempre que los municipios que formen parte de la misma tengan una población inferior a 20.000 habitantes.

A efectos de la aplicación de las presentes bases como poblaciones se tomarán las cifras oficiales resultantes de la última revisión del Padrón municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria.

Las entidades locales citadas en el apartado 2.1 podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas al amparo de estas bases siempre que cumplan los siguientes requisitos:

-Disponer al menos de un Servicio de Dinamización Tecnológica Local.

-El Servicio de Dinamización Tecnológica Local desarrollará sus actividades durante un mínimo de 15 horas semanales.

-Contar con una persona que actúe como responsable del Servicio de Dinamización Tecnológica Local con cualificación técnica adecuada.

-Previsión de créditos presupuestarios.

Actividades subvencionables.

Se consideran actuaciones subvencionables la realización por las entidades beneficiarias de actuaciones de impulso de los Servicios de Dinamización Tecnológica Local, tales como:

a) Actuaciones de promoción, divulgación y difusión de la innovación, ciencia y transformación digital en su territorio.

b) Actuaciones de mejora de la Administración electrónica y los servicios públicos informáticos y digitales en la entidad local, tales como:

-Digitalización de sus servicios y procedimientos.

-Adaptación de sus sistemas a la normativa vigente en materia de expediente electrónico.

-Uso de plataformas digitales.

-Tareas de formación, asesoramiento, mantenimiento y de configuración de sus equipos y software.

-Actuaciones para impulsar la presencia en Internet de la entidad local (gestión de sus redes sociales, creación y mejora de su página web, etc.).

-Actuaciones para mejora de la conectividad en el territorio.

-Actuaciones de identificación de nuevos modelos de negocio en el municipio, usando redes 5G.

-Realización de acciones colectivas de formación que permitan comunicar a la ciudadanía, empresas, autónomos… las ventajas o metodologías necesarias para la implantación de soluciones tecnológicas innovadoras y dar a conocer los programas para el fomento del uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Podrán desarrollarse de forma presencial, telemática o digital, como jornadas o seminarios, que se celebrarán en el espacio de la entidad local, o en otros espacios especialmente acondicionados para estos fines.

-Servicios de apoyo, atención y resolución de consultas de la ciudadanía relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación, que se podrán prestar tanto de modo presencial como a distancia (telefónico o virtual).

-Colaboración intersectorial: identificación de diferentes agentes públicos y privados del territorio, para realización de proyectos en común, compartiendo metodologías y herramientas consensuadas, desde una perspectiva de innovación y transformación digital.

Cada entidad local solo podrá solicitar una subvención.

Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas.

Las solicitudes se dirigirán a la Consejería con competencia en materia de ciencia e innovación y de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico que se recogerá en la correspondiente convocatoria, disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/

Toda la información en el siguiente enlace

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