Se aprueban nuevas subvenciones para estimular la demanda del producto Alojamiento de Turismo Rural
La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo aprueban las bases que tiene por objeto la regulación de las subvenciones o ayudas que contribuyan a impulsar el turismo rural como sector estratégico a la hora de generar riqueza, empleo y cohesión social reactivando las ventas, con el programa Bono Turismo Rural de Asturias
La finalidad del Programa Bono Turismo Rural es estimular la demanda mediante ayudas económicas a los consumidores de servicios de alojamiento en alojamientos de turismo rural, paliando con ello el impacto negativo derivado del nuevo contexto de transformación social y cultural, además del apoyo económico a los consumidores en el contexto de la actual situación inflacionaria a través de los descuentos en las compras que se realicen en dichos alojamientos.
Serán gasto y actividad subvencionable los servicios de alojamiento consistentes en una estancia mínima de dos noches en alojamientos de turismo rural adheridos al programa Bono Turismo Rural de Asturias, a través de un único tipo de bono-descuento disponible en los mismos
La descarga de los bonos por las personas usuarias se realizará en la plataforma web habilitada para la gestión y ejecución del programa. Los bonos tendrán formato digital a través de un código QR y estarán disponibles para su utilización en una APP que permita realizar pagos (Wallet o similar)
Para canjear los bonos y poder hacer efectivos los descuentos a las personas usuarias, los alojamientos rurales tendrán que descargar en su móvil la APP Bono Turismo Rural de Asturias
En el momento de la compraventa, los titulares del alojamiento rural tendrán que introducir en la APP el importe y el concepto de la venta, apareciendo automáticamente el importe a cobrar (una vez aplicado el descuento). Por su parte, las personas usuarias deberán mostrar su DNI y su bono en formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final de la compra realizada
A efectos de justificación de las ayudas, será obligación de los alojamientos rurales la conservación durante un año de todos los tiques o facturas de compra justificativas de la aplicación de los bonos.
El Bono Turismo Rural tendrá formato digital a través de un código QR, tiene carácter personal e intransferible, y exige prepago, es decir, el bono está cofinanciado entre la persona solicitante y la Administración al 50 %, y un importe de 75 €. En el caso de los alojamientos rurales modalidad Casa de aldea de contratación íntegra o apartamentos rurales, se podrán utilizar dos bonos con la misma reserva a partir de cuatro o más plazas
El importe del bono se irá reduciendo, hasta su agotamiento, en función del valor del gasto, pudiendo imputarse a uno o varios gastos de alojamiento, en el mismo o distinto alojamiento
Las cuantías se entienden con el IVA incluido
El período de descarga de los bonos en la plataforma tecnológica será el que fije la convocatoria, al igual que el período de uso a partir del cual se podrán canjear
Finalizado el período de validez, el bono no canjeado caducará a los 6 meses. La caducidad del bono lleva consigo la pérdida de la totalidad del saldo remanente no consumido y no se podrá instar su devolución
Cada persona podrá solicitar sólo 2 bonos por año
Los bonos no podrán ser utilizados ni lo días 1 de mayo, ni en el día de jueves Santo ni de viernes Santo, ni durante el período que abarca del 1 de julio al 15 de septiembre de cada año.
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