Programa de bonificación al transporte público en Corvera de Asturias
El Ayuntamiento de Corvera de Asturias aprueba las condiciones reguladoras para la concesión de bonificaciones y/o ayudas económicas al trasporte. Temen como finalidad ser instrumento facilitador de los desplazamientos a servicios sanitarios, administrativos, educativos de formación y empleo o cualquier otra naturaleza que sea imprescindible para la persona beneficiaria
Se contemplan las siguientes líneas de actuación:
-Línea 1: Apoyo al transporte urbano, que consiste en conceder 100 € anuales a través de las tarjetas personalizadas Conecta del Consorcio de Transportes de Asturias (CTA) a las personas que cumpla con lo requerido en las presentes bases.
-Línea 2: Apoyo al transporte en la zona rural, para el abono de gastos de taxi de los desplazamientos en las zonas rurales donde no llegue otro medio de transporte público, se concederá hasta un máximo de 120 € anuales
Estas cuantías podrán incrementarse en un 50% siempre que haya causa justificada de la necesidad de ampliación constatada en un informe social.
Beneficiarias:
-Mayores de 65 años
-Mayores de 25 años en situación de dependencia
-Mayores de 25 años con discapacidad reconocida igual o superior al 45%
Requisitos:
Empadronamiento mínimo de un año en Corvera con excepción de las personas en situación de vulnerabilidad social.
Estar en posesión de la tarjeta Conecta para la bonificación del transporte urbano (línea 1)
Acreditar situación de dependencia la con resolución del grado emitido por la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar
Acreditar discapacidad de igual o superior al 45 % con certificado emitido por la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar
No superar unos ingresos netos de 11.396 € para personas solas. Solo se tendrán en consideración los ingresos de la persona solicitante dentro de la unidad de convivencia.
En caso de que la convivencia sea con cónyuge o relación análoga a la conyugal se computarán ambos ingresos y estos no podrán superar 13.902 € No se tendrán en cuenta los ingresos del resto de convivientes
Para el computo de la capacidad económica se tendrán en cuenta los ingresos derivados de empleo, rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, pensiones públicas, pensiones compensatorias y de alimentos y de cualquier clase de prestación pública que pudiera corresponderle.
No se computarán los ingresos de prestación por hijo a cargo menor de 18 años ni las prestaciones vinculadas al Sistema de Autonomía y Atención a la dependencia.
El plazo finaliza el 31 de enero del 2025
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