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Pasan los días de margen y no se sella el paro, ¿qué pasa?

Sepepa

Pueden existir casos en los que el desempleado se olvida completamente de sellar el paro y pasan los 15 días hábiles de margen que ofrece el SEPE para poder renovar la demanda de empleo. Es entonces cuando el parado se puede ver afectado por una sanción económica por parte del Servicio Público de Empleo, y es que, se enviará un mensaje al sancionado para que esté informado del tipo de multa que se le impone por no renovar su prestación. 

Existen hasta cuatro tipos de sanciones que pueden afectar al desempleado siempre y cuando no renueve la tarjeta del paro. Dependiendo siempre de las veces en las que no ha sellado el paro, estas son: 

-Primera vez: No cobrará el paro durante un mes.

-Segunda vez: Estará tres meses sin cobrar nada.

-Tercera vez: La sanción asciende a 6 meses sin recibir la prestación.

-Cuarta vez: Se perderá el derecho a cobrar el paro. 

En el caso de que esto ocurra, siempre se puede recurrir y presentar alegaciones para tratar de no ser sancionado. Para conocer qué se debe hacer en estos casos, lo recomendable es acudir al artículo sobre cómo recurrir la sanción que se impone desde el SEPE.

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