Se suprime la deducción por trabaja a tiempo parcial
El Real Decreto-ley aprobado esta semana por el Consejo de Ministros también prevé la posibilidad de la acumular las horas (hasta 28 días) retribuidas de ausencia por lactancia como un derecho de todas las personas trabajadoras y sin necesidad, por tanto, de que esté recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa.
Mejoras del nivel asistencial
Otra de las novedades de este Real Decreto Ley es que la actual deducción por trabajo a tiempo parcial será eliminada. Podrán acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
Se modifica el cómputo de renta de tal manera que no se excluirá al solicitante que supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.
Se elimina el mes de espera para acompañar de una manera más eficaz la transición a los subsidios sin vacíos en la cobertura de los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad.
También podrán acceder colectivos que carecían previamente de esta cobertura como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
Se reduce a 10 el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.
Con carácter general, la norma entrará en vigor en noviembre de 2024