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El 31 de marzo finaliza el plazo excepcional para comunicar altas y bajas de prácticas no remuneradas

El plazo excepcional con el que se había dotado las prácticas no remuneradas producidas entre el 1 de enero y el 20 de marzo finaliza el 31 de marzo de 2024. A partir de esta última fecha, el plazo para comunicar las altas y bajas es de 10 días naturales desde el inicio o finalización de las prácticas respectivamente. Desde el pasado 1 de enero de 2024 los alumnos que realicen prácticas formativas, remuneradas o no, están incluidos en el sistema de la Seguridad Social.

Esta extensión beneficia a los más jóvenes que, de este modo, podrán comenzar una carrera de cotización que les permitirá generar derechos a futuro, puesto que supondrá el reconocimiento de este tiempo como cotizado a efectos de la futura pensión, al tiempo que estarán más protegidos durante el desarrollo de sus prácticas. Este cambio representa un ajuste fundamental en el manejo administrativo de las prácticas formativas, estableciendo un marco más claro y eficiente para las partes involucradas.

Además, es esencial destacar el cambio en el proceso de ingreso de cuotas relacionadas con prácticas no remuneradas. Ahora, estas cuotas se efectuarán durante el mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural. Por lo tanto, las cuotas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo se liquidarán en el mes de abril, siguiendo un patrón trimestral.

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