La presente convocatoria aprobada por el Gobierno del Principado de Asturias tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a empresas y autónomos, que tengan, durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la convocatoria, su domicilio fiscal en el Principado de Asturias y que promuevan de manera continuada actividades o acciones artísticas y culturales y, en concreto, del sector audiovisual y del cine, para actividades cinematográficas, audiovisuales y creación de largometrajes y cortometrajes
Los gastos subvencionables se definen para cada tipo de acción.
Proyectos de producción cinematográfica
Se subvencionarán proyectos cinematográficos con interés artístico y cultural, con el fin de fomentar la creación cinematográfica en todas sus vertientes.
Proyecto cinematográfico es aquella obra audiovisual de ficción, no ficción o animación, fijada en cualquier medio o soporte, que esté destinada a la exhibición en cine, televisión o plataforma de Internet. Los proyectos deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley del Cine, para la obtención de la nacionalidad española.
Los solicitantes, en este caso, serán productoras independientes, conforme a la definición del apartado n) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine
El importe de la subvención es de 150.000 euros
Asistencia a ferias o festivales
Asistencia de creadores asturianos a ferias o festivales desarrollados fuera del ámbito del Principado de Asturias en los que el audiovisual sea el tema fundamental
El importe de la subvención es de 150.000 euros
Desarrollo de proyectos audiovisuales
Se subvencionarán las fases de preparación y diseño, previas a la producción audiovisual, así como la realización de guiones.
El importe de la subvención es de 196.296 euros
Los proyectos que se presenten a la convocatoria de subvenciones pueden ser proyectos ya realizados o por desarrollar. Se excluyen expresamente los proyectos que sean susceptibles de incardinarse en cualquiera de las otras líneas de subvenciones gestionadas en los programas presupuestarios de la Viceconsejería competente en materia de cultura.
Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de los celebrados en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio 2023, hasta las siguientes fechas:
En el caso de las subvenciones concedidas para la escritura de guiones, antes del día 30 de septiembre de 2024, día inclusive
En el resto de los casos, antes del día 30 de septiembre de 2025
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 29 de enero del 2024
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