Todas las actividades al aire libre quedarán prohibidas cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) active la alerta naranja o roja siempre que las empresas afectadas hayan determinado que las medidas preventivas previstas ya habilitadas no garanticen la protección de las personas trabajadoras. Si pueden modificar o reducir la jornada y minimizar esos riesgos no hará falta suspenderla.
Actualmente todas las empresas están obligada a tener un plan de prevención de riesgos laborales, que, entre otros, debe incluir una evaluación de todos aquellos peligros propios de la actividad de dicha empresa. Por ejemplo, en el caso de una empresa de construcción, las caídas en altura, el desprendimiento de materiales, la toxicidad del polvo de los materiales y un largo etcétera. Formalmente debiera incluir todos los potenciales riesgos identificables y asociados a dicha actividad. Y para muchas actividades uno de dichos riesgos es la temperatura, tanto si operan al aire libre o no.