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Ayudas a la vivienda en Corvera de Asturias

escudo del ayuntamiento de corvera de asturias

El Ayuntamiento de Corvera de Asturias aprueba el Programa de Garantía Habitacional 2022, con 2 líneas de ayudas al objeto de contribuir a un mayor bienestar social y económico de las familias del municipio de Corvera de Asturias.

Las líneas de ayuda serán:

LINEA 1 AYUDAS AL ALQUILER

Esta subvención regula las presentes bases que facilitan la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler normalizado, mediante otorgamiento de ayudas directas a unidades familiares con empadronamiento y residencia en Corvera de Asturias, que no se hayan visto beneficiados de la última convocatoria del Programa General de ayudas al alquiler de la vivienda del Principado de Asturias ni puedan acceder al Bono Joven de Alquiler dependiente de la Dirección General de Vivienda del Principado de Asturias.

Período subvencionable: año 2022

De estas ayudas se podrán beneficiar:

-Personas mayores de 35 años de edad, que hayan formalizado un contrato de vivienda en alquiler, con fecha posterior al 01 de junio de 2021, en los términos de la Ley 29/1984 de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y el R.D. Ley de 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

-En ningún caso, se admitirán subarriendos parciales de las viviendas.

-Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente de la persona solicitante, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento colectivo en el que conste fecha de empadronamiento y las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto de contrato de arrendamiento. La vivienda constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el período por el que se conceda la ayuda.

De esta primera línea de ayudas quedan excluidos:

-Las viviendas de alquiler de Vipasa, y de la Fundación “San Martín”, por ser alquileres de carácter social.

-Los subarriendos.

-Los locales usados como vivienda.

-Los arrendamientos parciales de las viviendas.

-Las personas perceptoras de Salario Social Básico.

-Para la valoración de los recursos económicos, sólo se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos en el año 2022.

-El límite de ingresos brutos de la unidad de convivencia, que permite el acceso a las ayudas del Programa Habitacional 2022, no serán inferiores a 14.000,00€ brutos anuales, ni superiores a 25.000,00 € brutos anuales y en el caso de familias numerosas, el límite máximo se amplía hasta los 30.000,00 € brutos anuales.

-La persona solicitante y demás componentes de la unidad familiar, mayores de edad, deberán encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y sociales y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Corvera de Asturias, ni ayudas económicas concedidas anteriormente pendientes de justificar a fecha de emisión del informe correspondiente por la entidad local.

Se subvencionarán los gastos del alquiler correspondientes a los recibos del año 2022, en caso de impago se deberá acreditar el importe de la deuda mediante declaración jurada del propietario.

Solo se podrá solicitar una ayuda por contrato de alquiler de vivienda.

La cuantía máxima de la ayuda al alquiler, se establece en base a los siguientes baremos de renta:

-Las rentas brutas anuales entre 14.000,00 € y 17.000,00 € o 19.000,00 €, en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta el 75% de la cuantía mensual, con un tope máximo de 200 €/mes.

-Las rentas brutas anuales entre 17.000,00 € y 25.000,00 € o 30.000,00 € en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta el 50% de la cuantía mensual, con un tope máximo mensual de 150 €.

-Las rentas brutas anuales entre 20.000,00 € y 25.000,00 €, y 30.000,00 € en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta un 30% de la cuantía mensual, con un tope máximo mensual de 100 €/mes.

En el caso de acreditar situación de violencia de género, no se establecerá un mínimo de ingresos, pero sí un tope máximo de ingresos, cuyo importe no podrá exceder de 30.000 € brutos anuales. La cuantía máxima a subvencionar será del 75%, no superior a los 200 €. En el caso de que las solicitudes presentadas con propuesta favorable para su concesión, superen el crédito disponible, éstas se priorizarán bajo criterio estricto de las de menor nivel de rentas.

LINEA 2 AYUDAS AL PAGO DE CUOTAS HIPOTECARIAS

Esta segunda línea regula las presentes bases para apoyar mediante el otorgamiento de ayudas directas a unidades familiares con empadronamiento y residencia en el término municipal de Corvera de Asturias, y que sean titulares en régimen de propiedad con carga hipotecaria, para la que se solicita la ayuda.

De esta segunda línea se podrán beneficiar las personas que:

-Que la vivienda constituya la vivienda habitual de la unidad familia

-Que la persona solicitante esté empadronada y residiendo en Corvera de Asturias a la fecha de presentación de solicitud.

-Que la persona solicitante o cualquier otra de la unidad familiar no tengan otra vivienda en propiedad o en derecho de usufructo para habitar otra vivienda.

-Que la persona solicitante deber ser titular de un préstamo hipotecario sobre la vivienda que constituya su domicilio habitual y permanente. No deberá existir orden de ejecución hipotecaria.

-Para determinar la capacidad económica sólo se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos en el año 2022.

-El límite de ingresos de la unidad de convivencia, que permite el acceso a las ayudas, no serán inferiores a 14.000,00 € brutos anuales, ni superiores a 25.000,00 € brutos anuales y en el caso de familias numerosas, el límite máximo se amplía hasta los 30.000,00 € brutos anuales.

Las cantidades máximas de la ayuda, se establecerá en base al siguiente baremo de rentas:

-Las rentas brutas anuales entre 14.000,00 € y 17.000,00 € o 19.000,00 €, en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta el 75% de la cuantía mensual, con un tope máximo de 200 €/mes.

-Las rentas brutas anuales entre 17.000,00 € y 20.000,00 € o 25.000,00 € en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta el 50% de la cuantía mensual, con un tope máximo mensual de 150 €.

-Las rentas brutas anuales entre 20.000,00 € y 25.000,00 €, o 30.000,00€ en caso de familias numerosas, podrán recibir hasta un 30% de la cuantía mensual, con un tope máximo mensual de 100 €.

En el caso de mujer víctima de violencia de género con orden de protección en vigor, se concederá el 75% de la cuantía mensual con un tope máximo de 200,00 €/mes.

La persona solicitante y demás componentes de la unidad familiar mayores de edad deberán encontrase al corriente de las obligaciones tributarias y sociales, y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento, ni ayuda económicas anteriores pendientes de justificar, a fecha de emisión del informe correspondiente por la entidad local.

Toda la información en el siguiente enlace. Haz clic aquí

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