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Ya son oficiales las ayudas a empresas por reducción de jornada laboral

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Para acceder a estas ayudas la semana laboral de 4 días se debe aplicar al menos al 25% de la plantilla

La reducción de jornada se efectuará a los trabajadores con contrato indefinido

Este viernes pasado el Gobierno de España a través del BOE (Boletín Oficial de Estado) ha hecho oficial la orden para que las pymes que deseen acceder a las ayudas públicas por reducir la jornada laboral tendrán que aplicarla a un mínimo de la plantilla: al menos el 30% de los trabajadores en empresas o centros de trabajo con hasta 20 empleados; y al menos el 25% en pymes de entre 21 y 249 trabajadores.

También las empresas deberán garantizar que el número de mujeres participantes en el proyecto corresponda a su peso en la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permitiéndose una desviación del 10% hacia arriba, pero en ningún caso podrá ser inferior al porcentaje que representan en el total de la plantilla indefinida.

Desde la concesión de la ayuda económica la jornada laboral ordinaria deberá reflejar una reducción mínima del 10% en cómputo semanal, que se mantendrá al menos durante dos años y afectará únicamente a trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo. Esa reducción de jornada en ningún caso podrá conllevar una reducción salarial.

 

¿Quién se puede acoger a estas ayudas?

A estas ayudas podrán acceder las pequeñas y medianas empresas que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial durante al menos un periodo de tres años contados hasta el fin de plazo de la solicitud; por supuesto tendrán que estar al corriente de sus obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social y presentación de cuentas en el Registro Mercantil. No podrán ser beneficiarias las empresas que se encuentren en crisis.

 

¿Qué tipo de ayuda económica se concederá?

Según lo que ha publicado el Boletín Oficial del Estado los gastos subvencionables serán los siguientes:

-Los costes salariales del personal afectado por la reducción de jornada laboral durante el primer año

-Los gastos de formación para optimizar el tiempo de trabajo

-Los gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto.

 

La subvención total a conceder en forma de subvención será como máximo el 90% del presupuesto financiable durante el primer año para empresas de hasta 10 empleados, el 80% para pymes entre 11 y 52 trabajadores y el 75% para empresas entre 53 y 249 personas. El límite máximo subvencionable es de 150.000 euros para gastos de personal afectado por la reducción de jornada. Se podrán acumular a otras ayudas públicas pero sin exceder el límite máximo de 200.000 euros por empresa.

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