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Villaviciosa convoca nuevas ayudas económicas

Ayuntamiento de Villaviciosa

Subvenciones a asociaciones de madres y padres de alumnos

El objeto de esta subvención es regular la concesión de subvenciones dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como promocionar, potenciar y apoyar el tejido asociativo de mujeres para el fortalecimiento de la participación de las mismas en el ámbito público, social, económico y laboral así como en los espacios de toma de decisiones, desarrollando las capacidades de liderazgo y gestión de las organizaciones de mujeres.

Mejorar las capacidades y destrezas de las mujeres para desenvolverse con autonomía y reforzar el ejercicio de derechos como ciudadanas.

A los efectos de la presente convocatoria, se considerarán en particular las que, a continuación, se detallan:

-Actividades conjuntas y/o de intercambio entre asociaciones de mujeres del municipio de Villaviciosa, de otros municipios, regiones y/o países.

-Actividades en las que participen mujeres de minorías étnicas y/o mujeres de colectivos en riesgo de exclusión social dirigidas a combatir la discriminación múltiple que padecen las mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

-Actividades con mayor afluencia de público y participación ciudadana, en especial de las mujeres.

-Actividades culturales promovidas por mujeres.

Se considerarán, con carácter general, gastos subvencionables:

-Costes directos: aquellos derivados específicamente del desarrollo del proyecto subvencionado.

-Costes indirectos: aquellos costes variables imputables a varias de las actividades que el beneficiario desarrolla o bien costes de estructura, que sin ser directamente imputables al proyecto concreto subvencionado, sean necesarios para que este se lleve a cabo. Los costes indirectos habrán de imputarse por el beneficiario al proyecto subvencionado en la parte que razonablemente corresponda y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza el citado proyecto.

No se considerarán en ningún caso subvencionables aquellas actividades en las que el Ayuntamiento de Villaviciosa haya participado asumiendo gastos con cargo a su propio presupuesto de forma mayoritaria, directamente o a través de subvenciones en especie.

Se permite la posibilidad de subcontratar el 100% de las actividades subvencionadas, siempre en los términos del artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Cada subvención concedida no podrá exceder en ningún caso de 600,00 €, ni del 80% del presupuesto del proyecto de actividades presentado.

El plazo finaliza el 18 de Octubre del 2021

Toda la información en el siguiente enlace

 

Subvenciones a asociaciones de madres y padres de alumnos de Villaviciosa para el ejercicio 2021.

El objeto de esta subvención es la concesión de ayudas destinadas a promover la participación activa de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas (AMPAS) y sufragar parcialmente los gastos que se produzcan como consecuencia de las actividades complementarias, extraescolares y vacacionales que dichas asociaciones hayan promovido durante el curso 2020/2021.

Subvencionar aquellos proyectos desarrollados por las AMPAS, que se lleven a cabo a lo largo del curso escolar y temporada vacacional, que complementen o suplan las competencias en materia de educación, mediante la realización de programas generales o específicos que sirvan para complementar o reforzar los servicios que presta cada colegio, así como el apoyo económico para los gastos de funcionamiento de las AMPAS.

Actividades realizadas y desarrolladas por Asociaciones de Padres y/o Madres de Alumnos (APAS/AMPAS) en cualquiera de los centros educativos ubicados en el ámbito geográfico del concejo de Villaviciosa, que estén legalmente constituidas y en funcionamiento y registradas en el Registro Municipal de Asociaciones. Con carácter general se considerará aquellas que contribuyan al desarrollo cultural y social de los alumnos de los centros educativos de Villaviciosa desarrollando, gestionando y ejecutando actividades extraescolares dirigidas tanto a los alumnos como a los padres, en aras de una complementación educacional y formativa general del centro educativo correspondiente, realizando actuaciones o talleres y cursos de varias materias en cualquier tipo de materia didáctica, cultural y artística o deportiva.

Se considerarán, con carácter general, gastos subvencionables:

• Costes directos: aquellos derivados específicamente del desarrollo del proyecto subvencionado.

• Costes indirectos: aquellos costes variables imputables a varias de las actividades que el beneficiario desarrolla o bien costes de estructura, que sin ser directamente imputables al proyecto concreto subvencionado, sean necesarios para que este se lleve a cabo. Los costes indirectos habrán de imputarse por el beneficiario al proyecto subvencionado en la parte que razonablemente corresponda y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza el citado proyecto.

No se considerarán en ningún caso subvencionables aquellas actividades en las que el Ayuntamiento de Villaviciosa haya participado asumiendo gastos con cargo a su propio presupuesto de forma mayoritaria, directamente o a través de subvenciones en especie.

Se permite la posibilidad de subcontratar el 100% de las actividades subvencionadas, siempre en los términos del artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

No serán objeto de subvención los gastos de personal, gastos de dietas, viajes, alojamiento, comidas, regalos o similares, todo ello de carácter protocolario, salvo que se enmarquen en el contexto de una actividad concreta.

Cada subvención concedida no podrá exceder en ningún caso del 80% del presupuesto del proyecto de actividades presentado. con una cuantía total máxima estimada de 4.800 euros.

Toda la información en el siguiente enlace

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