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Subvenciones para proyectos de producción de actividades escénicas por empresas privadas y grupos de teatro profesional.

Esta nueva subvención convocada por parte de la Consejería de Cultura, Política Llingüistica y Turismo,  tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la realización de proyectos de producción de artes escénicas o adecuación de montajes. Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de la correspondiente convocatoria, hasta la fecha máxima establecida en la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.

Serán beneficiarios de esta subvención las personas físicas o jurídicas (empresas) dedicadas a la producción de espectáculos teatrales, debiendo acreditar en todo caso su domicilio social en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

La cuantía de la subvención a conceder por cada beneficiario será el que resulte de la valoración técnica obtenida. La cantidad a otorgar como subvención será la cantidad que resulte (regla de 3) de proyectar la valoración técnica otorgada al proyecto sobre la puntuación máxima prevista y teniendo en cuenta que a los 100 puntos máximos que se pueden obtener se le asignará la subvención máxima de siete mil doscientos euros (7.200 €).

No obstante todo lo anterior, la subvención a conceder tendrá los siguientes límites:

 

-La aportación máxima de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo no podrá superar el 50% del presupuesto del proyecto.

 

-El importe máximo de la subvención a conceder por proyecto no podrá, como se ha expuesto, superar la subvención máxima prevista en la presente convocatoria.

 

-La cantidad solicitada por la propia entidad.

 

La ficha de servicio esta publicada en la Sede Electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0060T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria y el formulario normalizado de la solicitud.

Toda la información en el siguiente enlace

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