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Convocadas las pruebas para la obtención de determinados títulos de Técnico/a y Técnico/a Superior de FP

Consejeria de Educación

La Consejería de Educación aprueba la convocatoria para las pruebas para la obtención de determinados títulos de Técnico o Técnica y de Técnico Superior o Técnica Superior de Formación Profesional en el Principado de Asturias, correspondientes al año académico 2022-2023.

Las solicitudes de inscripción podrán realizarse en módulos profesionales de un único ciclo formativo, excepto en el módulo profesional de Proyecto, de los ciclos formativos de grado superior y en el de Formación en Centros de Trabajo, del cual se podrá solicitar la exención parcial o total de acuerdo a lo expuesto en el apartado séptimo de esta resolución. Aquellas personas que realicen la inscripción en módulos de distintos ciclos formativos serán excluidas de la presente convocatoria.

Cada aspirante presentará una única solicitud según modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias https://sede.asturias.es, que se podrá localizar introduciendo el código AUTO0297T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que expresamente indicará, además de los datos personales, la denominación del centro en el que se realizará la prueba según lo señalado en el apartado vigesimosegundo de esta resolución, el ciclo formativo de Formación Profesional y el módulo o los módulos profesionales de los que desee realizar la prueba y que se detallan en el apartado vigésimo y, en su caso, la solicitud de exención del módulo de Formación en Centros de Trabajo. En ningún caso se podrá concurrir a las pruebas de obtención de determinados títulos de Técnico o Técnica, o de Técnico Superior o Técnica Superior únicamente para solicitar la exención del módulo de Formación en Centros de Trabajo.

El número de módulos profesionales para los que se solicite la inscripción será aquel que sume una carga horaria lectiva máxima de 1 000 horas. En caso de solicitar un número de módulos que supere esta carga lectiva, el centro procederá a la inscripción en los módulos profesionales según el orden en el que se hayan hecho constar en el formulario de solicitud, hasta agotar el máximo de horas curriculares establecidas. A los efectos del cómputo de 1 000 horas no se tendrán en cuenta los módulos profesionales aprobados o convalidados con anterioridad, los módulos para los que se ha solicitado el reconocimiento del “aprobado con anterioridad” si este ha sido resuelto positivamente, ni el módulo de Formación en Centros de Trabajo, en caso de solicitar su exención.

La solicitudes de inscripción en estas pruebas se presentarán, dentro del plazo fijado en el calendario de esta convocatoria y para cada uno de los ciclos formativos ofertados en la presente resolución, en el Instituto de Educación Secundaria o Centro Integrado de Formación Profesional que se establece como centro de inscripción de dichas pruebas para un ciclo determinado, indicado en el apartado vigesimosegundo de esta resolución.

Las solicitudes irán dirigidas al Director o Directora del Instituto de Educación Secundaria o del Centro Integrado de Formación Profesional designado como centro de inscripción para las pruebas del título correspondiente.

En el caso de Cuidados Auxiliares de Enfermería, la solicitud podrá presentarse en cualquiera de los dos centros asignados a este ciclo. Asimismo, en el ciclo Farmacia y Parafarmacia, la inscripción se realizará exclusivamente en el CIFP de Cerdeño.

También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes y documentación cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo a uno de los Institutos de Educación Secundaria o de los Centros Integrados de Formación Profesional que se establecen como centros de inscripción, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada la solicitud por el personal de Correos antes de que proceda a su certificación.

Las personas aspirantes con alguna discapacidad, con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) y/o necesidades específicas de aprendizaje (NEAE) que precisen algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas, deberán formular la correspondiente petición en las casillas habilitadas en el formulario de solicitud, y adjuntar la documentación que se indica en los apartados décimo.1.f), décimo.1.g) y/o décimo.1.h) de esta resolución. Esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de objetivos o resultados de aprendizaje que afecten a la competencia general del título.

La Administración educativa podrá comprobar la veracidad de los datos y/o documentos aportados por las personas inscritas. La constatación de falsedad en los mismos conllevará la exclusión de la presente convocatoria y, en su caso, la anulación de las calificaciones en ella obtenidas.

Toda la información en el siguiente enlace. Haz clic aquí

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