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Nuevas subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de recuperación, difusión y conocimiento de la Memoria Democrática de Asturias

Administración Gobierno del Principado de Asturias

La presente disposición tiene por objeto la aprobación de unas bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos e iniciativas promovidas por entidades sin ánimo de lucro, dirigidas a la recuperación, difusión y conocimiento de la Memoria Democrática y que favorezcan la convivencia en el ámbito del Principado de Asturias.

Asimismo, se establece que será una prioridad de la Administración del Principado de Asturias, la investigación científica, así como la difusión del conocimiento en materia de memoria democrática, mediante el fomento de publicaciones, revistas, materiales audiovisuales y temáticos, la realización de congresos, jornadas y demás encuentros de tipo científico y divulgativo. Se atenderá de forma singular a la investigación y divulgación sobre la experiencia especifica de las mujeres en el ámbito de la memoria democrática.

Las ayudas irán destinadas a subvencionar proyectos o iniciativas dentro de las siguientes líneas de actuación:

-Línea 1: Actividades de Investigación: Actividades dirigidas a la investigación, localización y/o exhumación en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura ubicadas en el territorio del Principado de Asturias.

-Línea 2: Producción de exposiciones y audiovisuales: Recopilación, conservación, y difusión de patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) vinculados a la Memoria Democrática del Principado de Asturias.

-Línea 3: Proyectos de investigación: Estudios e investigaciones relativas a la recuperación de la Memoria Democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa, será el año natural en el que se haya publicado la resolución de concesión de la ayuda.

El 60% del crédito presupuestario será destinado al grupo de actividades dirigidas a la investigación, localización y/o exhumación en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura. El 40% restante, a las demás actividades. En caso de que no llegase a agotarse la dotación económica en alguno de los grupos reseñados, podrá destinarse la cantidad excedente a aquel otro en que hubiese solicitudes no atendidas por falta de crédito, atendiendo al siguiente orden de prelación: en primer lugar se destinaría el excedente a la línea 1, posteriormente a la línea 3 y finalmente a la línea 2.

Toda la información requisitos y donde y cuando presentar la solicitud en el siguiente enlace

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