Para Pymes y autónomos y para la adquisición de material escolar
El Ayuntamiento de Nava ha anunciado en el día de ayer dos nuevas lineas de ayudas económicas.
Pymes y Autónomos
Las presentes bases para solicitar la ayuda económica tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a personas trabajadoras por cuenta propia, autónomas, autónomos colaboradores, microempresas, comunidades de bienes, sociedades civiles y pequeñas empresas cuyas actividades hayan quedado suspendidas/disminuidas con arreglo a cualquier disposición legal por la que se establecen medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19
Quedan excluidas de optar a estas ayudas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro y el personal autónomo colaborador y las sociedades anónimas.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas, se presentarán en el Registro de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Nava, o en cualquiera de los registros y medios habilitados de acuerdo a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al modelo que se adjunta como anexo, que será facilitado en el Ayuntamiento de Nava o a través de la página web/sede electrónica del mismo www.ayto-nava.es
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Material escolar
Las presentes bases para solicitar la ayuda económica tienen por objeto regular la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de material escolar, material didáctico y gastos de transporte para alumnos/as matriculados en centros públicos.
El objeto de esta subvención es el de facilitar el pago de los libros de texto y/o material escolar y didáctico así como los gastos de transporte para aquellas personas y/o familias con mayores dificultades y contribuir a sufragar los gastos ocasionados por la adquisición de material escolar, otro material didáctico y los gastos de transporte para acudir a centros educativos de alumnos/as de cualquier nivel educativo.
La cuantía de la subvención será de hasta un máximo de ciento cincuenta euros (150 €), por cada alumno/a, sin que en ningún caso la cuantía de las ayudas por unidad familiar pueda superar los cuatrocientos cincuenta euros (450 €).
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