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Gijón anuncia el programa de recualificación profesional dirigida a empresas y entidades sociales

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El actual Acuerdo de concertación social Gijón Transforma 2022-2023, “Acuerdo para la recuperación económica, la transformación del tejido productivo y la creación de empleo de calidad”, suscrito el 21 de diciembre de 2021 por el Ayuntamiento de Gijón y los agentes sociales y empresariales más representativos en el ámbito local, FADE, UGT y CC. OO., se recoge, dentro del Eje II, el “Programa de Recualificación Profesional”, que se justifica por la creciente demanda de perfiles profesionales por parte de diversos sectores empresariales en relación a la necesidad de actualización de las competencias de las personas trabajadoras, y todo ello pese a la existencia de oferta formativa/académica y personas con trayectoria profesional en esos sectores.

Como dice el texto del Acuerdo, el análisis de las necesidades de perfiles profesionales y su conexión con las personas demandantes de cualificación debe abordarse desde una perspectiva integral, con el objetivo de conseguir la inserción real, actualizando las competencias profesionales conforme a las demandas de las empresas y profesionales autónomos, ofreciendo apoyo a aquellas que se comprometan con la contratación de las personas formadas en empleos de calidad y sostenibles.

 

El programa “Recualificación Profesional” propone el desarrollo de un conjunto de actuaciones orientadas a la formación y el empleo, en el marco de la colaboración público-privada, entre el Ayuntamiento de Gijón y las empresas/Entidades o Asociaciones profesionales que, en el ámbito territorial del Principado de Asturias, demanden cualificación mediante la reorientación profesional, la readaptación de competencias o la atención a los nuevos requerimientos del mercado, para, una vez impartidas las acciones formativas, las personas que las hayan finalizado puedan ser contratadas.

Para llevar a cabo este programa, el Ayuntamiento de Gijón, en colaboración con Entidades o Asociaciones Empresariales interesadas y Empresas, promoverán la contratación de personas, preferentemente en situación de desempleo total, empadronadas en el municipio de Gijón, mediante la reorientación profesional, la readaptación de competencias o la atención a los nuevos requerimientos del mercado.

Las referencias a “empresa” en el presente programa, han de entenderse a aquellas legalmente constituidas, cualquiera que sea su forma jurídica, e incluyendo los trabajadores/as autónomos/as, que contraten a trabajadores/as por cuenta ajena.

Y se estructura en las siguientes fases:

1º FASE

Se procederá a la selección de las Empresas/Entidades o Asociaciones profesionales interesadas en participar en el proyecto. Éstas, se encargarán de:

El programa contempla dos líneas:

-Línea 1: Dirigida a empresas. Y el objetivo es identificar aquellas ocupaciones que se consideran demandadas por las empresas, no cubiertas en el mercado actual, o que precisen de una especialización. Asimismo, procederán a definir, concretar y organizar esa formación precisa que permita reorientar, readaptar, complementar o actualizar el perfil profesional de las personas desempleadas (en situación de desempleo total), empadronadas en el municipio de Gijón, que van a resultar beneficiarias.

 

-Línea 2: Dirigida a asociaciones profesionales/entidades. Además de lo indicado en el anterior párrafo, deberán identificar a aquellas empresas, susceptibles de llevar a cabo las posteriores contrataciones una vez las personas hayan sido formadas.

2º FASE

Una vez que se hayan seleccionados los proyectos presentados y por tanto, las ocupaciones, se procederá a formalizar un “convenio de colaboración” con cada Empresa/Entidad o Asociación profesional seleccionada que será aprobado por la Junta de Gobierno Local.

En casa convenio se concretará, entre otras, las obligaciones de las partes; el diseño y concreción del contenido de las acciones formativas (un mínimo de 50 horas) y su seguimiento; el proceso de selección de los y las beneficiarios/as; los criterios y requisitos en relación a las contrataciones laborales comprometidas; así como el importe de la subvención a abonar; las normas relativas a su justificación documental y los supuestos de revocación y reintegro, en su caso.

La subvención tendrá un impoarte a conceder a la Empresa/Entidad o Asociación profesional, en el marco del convenio de colaboración, que vendrá condicionada por el coste de la formación, del número de contrataciones laborales y demás gastos inherentes a la gestión del proyecto.

El coste de la formación, que se abonará íntegramente (hasta un 100%), se determinará básicamente en función del número de horas de formación; número de alumnos/as; la ocupación a la que se refiera y medios necesarios para su impartición (medios didácticos, alquiler de aulas, maquinaria, instalaciones o utillaje en su caso, seguro de accidentes del alumnado, etc.) y cuyo coste tendrá como referencia máxima el de los módulos formativos del Servicio Público de Empleo para formaciones similares, subvencionando por este concepto un máximo de 50.000 €.

Todos los gastos indirectos asociados al proyecto objeto de subvención a la empresa vendrán referidos a los costes de personal de coordinación; otro personal de organización; publicidad; gastos corrientes precisos para el desarrollo del proyecto tales como: luz, agua, mantenimiento, mensajería, material de oficina, limpieza, etc., que estén justificados en relación con la dimensión y alcance del proyecto y sin que puedan superar el 10% del coste de formación y en todo caso, el importe total de 3.000 € (5.000 € en caso de contratación de más de 10 trabajadores/as), para los proyectos de la Línea 1 (Empresas).

Si el proyecto ha sido presentado en el ámbito de la Línea 2 (Entidades/Asociaciones) los gastos indirectos asociados al proyecto que pueden ser objeto de subvención, no podrán superar el importe total de 9.000 €.

3º FASE

Se procederá por parte del Ayuntamiento de Gijón, a través del Servicio de Promoción, Desarrollo e Innovación de la Dirección General de Promoción del Empleo, en colaboración con las empresas o entidades propuestas, a la selección de los/as candidatos/as, en el número y con los perfiles que se determinen en las correspondientes “bases reguladoras del proceso de selección” que se elaboren al efecto, promoviendo la selección paritaria entre hombres y mujeres. Dichas personas recibirán la formación programada para cada ocupación.

4º FASE

Para la Línea 1 (Empresas): Las empresas formalizarán las contrataciones laborales de quienes hayan finalizado satisfactoriamente la formación, en un número mínimo variable en función del tamaño de la empresa según su número de trabajadores/as:

-Micropymes (hasta 10 trabajadores/as): Mínimo de un trabajador/a.

-Pymes (hasta 50 trabajadores/as): Mínimo de tres trabajadores/as.

-Medianas (hasta 250 trabajadores/as): Mínimo de cinco trabajadores/as.

Para la Línea 2 (Entidades-Asociaciones): Se procederá por parte de las empresas identificadas previamente por la Asociación empresarial o Entidad, a la contratación laboral de quienes hayan finalizado satisfactoriamente la formación, en un número de al menos 5 personas por cada ocupación. Las empresas contratantes, han de ser un mínimo de dos diferentes.

Requisitos para ambas Líneas:

-Los contratos laborales habrán de formalizarse con carácter indefinido, subvencionándose un máximo de 12 meses.

-El importe de la subvención a conceder a la empresa por cada persona trabajadora que contrate, podrá alcanzar como máximo hasta un 65% de los costes laborales de un año (coste salarial y seguridad social empresarial).

-Las contrataciones laborales, lo serán para el desarrollo de funciones directamente relacionadas con la cualificación y formación recibida.

-El grupo de cotización en el que se formalizarán los contratos laborales, ha de ser el 9 o superior.

-Las contrataciones se enmarcarán, cuando exista, en el convenio colectivo de aplicación que sea aplicable a cada empresa.

 

5º FASE

Con cada empresa/as de las propuestas por la entidad/asociación, se procederá a la formalización de un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, que será aprobado por la Junta de Gobierno Local, en el que se determinará, además de la cuantía económica de la subvención a conceder, los requisitos y condiciones para el abono de la subvención, así como las normas relativas a la justificación documental de la misma.

Las Empresas/Entidades-Asociaciones realizarán un seguimiento permanente de las contrataciones formalizadas.

 

Toda la información, bases y donde y como presentar la solicitud en el siguiente enlace. Haz clic aquí

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