Los autónomos con pérdidas podrán optar a las nuevas ayudas

Estos son los autónomos con pérdidas en 2019 que podrán optar a las nuevas ayudas directas.

Aunque el requisito principal explicado en el Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril habla de pérdidas de al menos el 30% respecto al ejercicio de 2019, pero también reconoce a las comunidades autónomos la protestas para incluir a empresas y autónomos “atendiendo a circunstancias excepcionales acontecidas en 2019 debidamente justificadas”.

El texto contempla tres casos concretos que las comunidades pueden incluir. Son los siguientes:

  • Las altas o empresas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020.
  • Empresas que hayan realizado una modificación estructural de la sociedad mercantil entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020.
  • Empresarios o profesionales que hayan estado dados de alta menos de un año en el ejercicio 2019 o en el ejercicio 2020.

 

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