Ayudas para aquellos que no hayan obtenido la ayuda económica en la primera convocatoria
Estas subvenciones irán para personas físicas y jurídicas, incluidas las comunidades de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que lleven a cabo la actividad que motiva la concesión de la subvención y que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
La subvención consistirá en una cuantía fija de 500€ para aquellos solicitantes que, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria, no hubieran obtenido subvención en la primera convocatoria del programa “L.lena impulsa comercio, hostelería y turismo”.
La subvención consistirá en una cuantía fija de 300€ para aquellos solicitantes que, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria, si hubieran obtenido subvención en la primera convocatoria del programa “L.lena impulsa comercio, hostelería y turismo”.