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Durante el ERTE se prohíbe a las empresas la petición de horas extra a sus empleados

Ministerio de Educación y Formación Profesional

Poco a poco y tras el ruido por el tiempo y forma en que la reforma laboral se ha aprobado en el Congreso se va desgranando de cómo va a ser esta importante reforma. Y uno de los puntos importantes es que iba a pasar con los ERTE y cómo iban afectar a empresas y a los trabajadores. Una de las novedades es que a las empresas se les prohíbe hacer la petición a sus trabajadores que realicen horas extras como la de contratar personal externo.

También otra de las novedades es que las empresas de menos de 50 trabajadores podrán agilizar el expediente de ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) en 7 días para su aprobación.

Para los ERTE-ETOP se fijan unas exoneraciones en las cotizaciones de la seguridad social del 20% condicionado a la realización de acciones formativas.

Los ERTE de fuerza mayor añaden como causa especifica el impedimento o las limitaciones a la actividad por decisiones por la autorizad gubernativa y tiene exoneraciones del 90% y la reducción de jornada puede ser de un 10% o un 70%.

 

Mecanismo RED para crisis económicas o sectoriales

El Mecanismo Red es un mecanismo de flexibilidad y estabilización del empleo que permite a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada o que haya alguna suspensión de contratos de trabajo. Estos ERTE se denominaran RED tendrán un fondo propio para su financiación. Los trabajadores afectados por los RED (antes llamados ERTE) no consumirán paro, aunque el tiempo que pasen con el empleo regulado tampoco computaran como cotizado y tendrán que autorizarlos por el Consejo de Ministros.

Habrá dos tipos de RED:

-El Cíclico: También llamado de restructuración y sirve para ayudar a que los trabajadores se reciclen y puedan irse a otras empresas o sectores. Estos ERTES tienen una duración máxima de un año y se podrán acoger a ellos las empresas cuando haya una coyuntura macroeconómica general

-Sectorial: Esta modalidad se activará cuando se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras con una duración de un año. Con posibilidad de dos prorrogas de 6 meses cada una.

Las empresas que se acojan a alguna de estas dos modalidades podrán beneficiarse de una exención a las cotizaciones de hasta un 20% y si ofrecen formación hasta un 90%.

En ambos casos se podrá solicitar una reducción de jornada que podrá ser de entre un 10% y un 70% y la empresa deberá indicar el periodo en el que se va a llevar a cabo la suspensión del contrato o la reducción de jornada, identificar a las personas en el ERTE y el tipo de mecanismo red que se va aplicar.

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