La Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Avilés ha aprobado la convocatoria de las subvenciones en materia de la contratación laboral en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones
Los requisitos que las bases de la convocatoria detallan son los siguientes:
Requisitos referidos a las personas contratadas:
-Padrón: Personas empadronadas en Avilés durante los 12 meses anteriores
-Desempleo: Personas que carecieran de ocupación laboral el día anterior a la contratación
Requisitos referidos a los contratos subvencionables:
-Fechas: Las contrataciones deberán celebrarse entre el 01/10/2021 y el 31/03/2022
-Modalidad: Cualquier modalidad de contratación excepto el contrato para la formación
-Duración: Mínima de seis meses
-Jornada: Mínima del 50%
Requisitos referidos a los beneficiarios:
-Plantilla: Las contrataciones deberán suponer incremento en la plantilla de la empresa respecto a los tres meses previos.
-Ámbito: Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
-Forma jurídica: Empresas, trabajadoras y trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el coste salarial de dos trabajadores/as en la empresa correspondiente a tres meses (salario bruto, cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y prorrata de pagas extras) con los siguientes topes mensuales para cada categoría profesional. El importe de la subvención se corresponde con contratos formalizados a jornada laboral completa. Y será de la siguiente forma.
Los beneficiarios de las subvenciones deberán cumplir y que se detallan en las bases y son los siguientes:
-Asumir al menos el 50% de los Costes salariales y a la Seguridad Social efectivamente realizado
-Mantenimiento del empleo subvencionado por un período mínimo de seis meses
-Mantenimiento de la Plantilla de la empresa durante los seis meses de la contratación subvencionada
-Sustitución de la persona contratada en el plazo máximo de un mes si se da un cese voluntario o despido procedente
-Comunicaciones al Ayuntamiento de Avilés de otras ayudas y cualquier otra modificación
Revocación parcial. Procederá la revocación parcial en función del tiempo que resta para el cumplimiento de los seis meses de contrato cuando no habiéndose sustituido el trabajador cesante la extinción del contrato subvencionado se hubiese producido por cese voluntario, por causas de fuerza mayor o si se tratara de un despido declarado procedente.
También procederá la revocación parcial y consiguiente reintegro de las subvenciones percibidas cuando se incumple la obligación del mantenimiento de plantilla, a partir de la fecha en que se produzca dicho incumplimiento.
Toda la información, bases, requisitos, cuantía según el grupo de cotización y donde acceder a la solicitud en el siguiente enlace