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Convocatoria de nuevas subvenciones para Piloña

Ayuntamiento de Piloña

Subvenciones para actividades culturales

Podrán solicitar la concesión de subvenciones todas aquellas entidades, asociaciones fundaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, incluidas en el ámbito del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando organicen, promocionen y difundan actividades culturales en el concejo de Piloña.

De manera excepcional, podrán solicitar estas ayudas aquellas entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de singular interés atendiendo al objeto de esta convocatoria, aun no estando inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

El importe que se reserva para esta convocatoria es de veinte mil euros 20.000,00 €.

El plazo finaliza el día 30 de Noviembre del 2021.

Toda la información en el siguiente enlace

 

Subvenciones para realización de actividades deportivas

La finalidad de la convocatoria es promocionar la práctica deportiva y el desarrollo del deporte, facilitando una ayuda económica tanto para clubes y entidades radicadas en Piloña, como para deportistas que a título individual, precisen de un soporte económico para seguir desarrollando su actividad a los más altos niveles de rendimiento.

Los beneficiarios serán aquellos solicitantes que en calidad de personas físicas individuales, entidades sin ánimo de lucro, o asociaciones de ámbito deportivo, presenten solicitud a las líneas que se indica.

Línea 1. Pruebas o eventos deportivos celebrados en 2021 en el concejo de Piloña, promovidos por entidades acreditadas, que se consideren relevantes tanto a nivel técnico como a nivel social y/o popular.

Línea 2. La finalidad es ayudar, mediante la subvención directa, a consolidar dicha participación, sufragando parte de los gastos de la entidad durante el año objeto de convocatoria Clubes, entidades y asociaciones deportivas locales de todas las categorías que participen en competiciones oficiales y, preferentemente, disputen sus competiciones por un sistema de liga regular.

Línea 3. Personas físicas individuales que participen en competiciones oficiales de ámbito nacional, europeo y mundial, dentro de categorías profesionales, senior o de edades inferiores a 23 años.

La ayuda estará orientada a facilitar su participación en eventos deportivos de carácter oficial, así como a costear otros gastos que promocionen su situación, rendimiento y perfeccionamiento.

Toda la información en el siguiente enlace

 

Subvenciones para apoyo a emprendedores

El objeto de las presentes subvenciones, en el marco de lo establecido por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones en adelante LGS y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por R. D. 887/2006, de 21 de julio en adelante RLGS, es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Piloña destinadas a promover la actividad emprendedora, es decir, el inicio de actividades productivas de lo que es consecuencia, a su vez, una actividad de fomento del empleo. Estas actividades productivas cabe considerarlas en su sentido más amplio e incluirán todos los sectores económicos: agricultura, industria, construcción y servicios (comercio, turismo, hostelería, etc.) y, en general, cualquier actuación que promueva el desarrollo local.

Beneficiarios: Tendrán la consideración de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas, en su caso, demás entidades con personalidad jurídica propia que inicien una actividad productiva en el término municipal de Piloña desde el 1 de enero del año de convocatoria y cumplan los requisitos exigidos en las presentes bases. Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, sociedad civil o sociedad de capital, podrán ser beneficiarios siempre y cuando soliciten la subvención a título personal y con el límite de socios o comuneros que se determine en la correspondiente convocatoria.

El importe que se reserva para esta convocatoria es de nueve mil euros 9.000,00 €.

El plazo finaliza el 30 de Noviembre del 2021

Toda la información en el siguiente enlace

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