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¿Conoces el subsidio para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años?

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) pone a disposición este subsidio por desempleo que garantiza la protección a las personas trabajadoras desempleadas emigrantes retornadas mayores de 52 años.

-La cuantía es de 463,20€

Para acceder a esta ayuda hay que cumplir con los siguientes requisitos:

-Ser persona desempleada y estar inscrita como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad, es decir, compromiso de búsqueda activa de empleo.

-Debe estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo que reciba el subsidio.

-No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los 6 años anteriores a su salida de España.

-Ser persona trabajadora emigrante retornada de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo ( Países de la Unión Europea: Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía. El 31 de enero de 2020 el Reino Unido dejó de ser formalmente un Estado Miembro de la Unión Europea, aunque hasta el 31 de diciembre de 2020 se mantuvo la plena aplicación del acervo comunitario en materia de Seguridad Social. Países del Espacio Económico Europeo (EEE): Además de los citados anteriormente, Islandia, Liechtenstein y Noruega)

-Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.

-Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos 6 años desde su última salida de España, en Países no pertenecientes al espacio económico europeo.

-Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias

-Tener cumplida la edad de 52 años

Consulta toda la información en el siguiente enlace

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