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¿Cómo puedo cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

SEPE

Desde el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) pone a disposición una ayuda para aquellas personas que no puedan cobrar ni paro ni subsidio por desempleo que son mayores de 52 años y que cumplan los siguientes requisitos:

-Haber agotado el paro o el subsidio por desempleo.

-Estar en situación legal de desempleo sin opción a cobrar el paro (cotizando por desempleo entre 90 y 360 días).

-Ser una persona declarada incapacitada parcial o plenamente capaz tras una revisión de su grado de incapacidad permanente.

-Ser emigrante retornado a España

-Ser una persona liberada de prisión sin derecho a paro con pena superior a seis meses.

 

Otro de los requisitos que hay que tener muy en cuenta es que se haya cotizado al menos dos años en los últimos 15 años. Además, se debe de haber cotizado un mínimo de 6 años a la Seguridad Social en concepto de desempleo.

También el SEPE exige que la persona que lo solicite este en desempleo y que además lo esté sin ser una persona trabajadora fija discontinua.

Ya por último el SEPE exige que no tengas rentas mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas, y que en este 2021 será de 721, 50e mensuales.

Cuantía del subsidio para mayores de 52 años?

La cuantía es del 80% del Iprem (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Consulta aquí la tabla por hijos y situación. Haz clic aquí

El Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

El cobro de subsidio se percibirá por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones (Haz clic aquí), mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que usted indique, siempre que sea titular de la misma. 

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