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Bolsa de empleo de auxiliar de ayuda a domicilio en Ribadesella

El Ayuntamiento de Ribadesella aprueba la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a los efectos de su eventual contratación. La bolsa tendrá una vigencia de cuatro años a contar desde la fecha en que se dicte la Resolución de aprobación de la bolsa de trabajo con el resultado del proceso selectivo, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Ayuntamiento pueda acordar su extinción mediante la convocatoria de un nuevo proceso selectivo. Asimismo el Ayuntamiento podrá acordar la prórroga de su vigencia, incluso después del transcurso del citado plazo.

La jornada laboral será a tiempo completo, de lunes a domingo, flexible adaptándose a las necesidades del servicio, sin perjuicio de que en la resolución de contratación se establezca otra cosa distinta.

Disponer de la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero. A tal efecto, se considerarán las titulaciones o los certificados de profesionalidad referidos a continuación: Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, establecido por R. D. 546/1995 de 7 de abril. Título de Técnico Auxiliar de Enfermería, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril. Título de Técnico Auxiliar de Clínica, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril. Título de Técnico Auxiliar de Psiquiatría, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril. Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por R. D. 1593/2011, de 4 de noviembre. Título de Técnico en Atención Sociosanitaria, establecido por R. D. 496/2003, de 2 de mayo. Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto. Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto. Certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio, regulado por R. D. 331/1997, de 7 de marzo.

Quien no cuente con alguna de las titulaciones o certificados de profesionalidad indicados deberán acreditar que cuentan con habilitación excepcional. La vigencia de dicha habilitación podrá actualizarse en base a lo determinado en la normativa vinculante durante el período de vigencia de la presenta bolsa.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión o en condiciones de obtener la credencial que acredite su homologación.

Toda la información en el siguiente enlace. Haz clic aquí

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