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Ayudas económicas destinadas al sector del comercio y la hostelería del municipio de Mieres.

El Ayuntamiento de Mieres presenta las bases para la concesión de ayudas económicas destinadas al comercio y hostelería con actividad desarrollada en el municipio de Mieres, para paliar la situación derivada tras la declaración del Estado de Alarma por la irrupción de la COVID-19 y apoyar el mantenimiento de la actividad empresarial en el Concejo.

Beneficiarios.

-Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades económicas relativas a los sectores de Comercio y Hostelería, cuyo punto de venta o prestación de servicio se encuentre en el municipio de Mieres y que hayan visto afectado el desarrollo de las actividades económicas que realizan por la irrupción de la COVID-19, de tal forma que la actividad económica hubiera cesado temporalmente después del 1 de noviembre de 2020 por imposición contemplada en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, según redacción dada por el Real Decreto 465/2020 de 17 de marzo, que modifica al anterior, o en cualquier otra norma de ámbito estatal o autonómico aprobada para paliar los efectos de la pandemia de la COVID-19.

-Los solicitantes, cuando se trate de personas físicas titulares de la actividad económica, deben estar afiliados y de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA). Asimismo, los solicitantes, cuando se trate de sociedades titulares de la actividad económica, deben estar de alta en el Impuesto de Sociedades en el momento de presentación de la solicitud. El Ayuntamiento de Mieres podrá requerir la acreditación fehaciente de este requisito durante la tramitación del procedimiento, mediante la presentación de cualquier medio probatorio que estime oportuno.

-No se admitirán solicitudes presentadas por Comunidades de Bienes. En el supuesto de que la actividad económica para la que se pretende solicitar la ayuda sea realizada por varias personas agrupadas en una Comunidad de Bienes, la solicitud deberá efectuarse a nombre de uno solo de los comuneros.

-Quedan excluidos del ámbito de estas ayudas todos aquellos sujetos que no se vieran obligados a suspender su actividad, salvo los profesionales del servicio del taxi y titulares de puestos del mercado dominical de Mieres.

 

La cuantía de las ayudas a conceder será de:

— 900,00 euros para aquellos beneficiarios que hubieran cesado temporalmente su actividad económica y profesional del taxi.

— 1.800,00 euros para aquellos beneficiarios con licencia de ocio nocturno en sus establecimientos.

— 300,00 euros para los profesionales del mercadillo dominical.

Se concederá una única ayuda por establecimiento comercial y/o de hostelería, taxi o puesto del mercado dominical, independientemente de las personas que ejerzan su actividad.

Si el solicitante ejerciera su actividad en varios establecimientos dentro del municipio de Mieres, se admitirán tantas solicitudes de ayuda como establecimientos o locales abiertos al público sean utilizados para ejercer la actividad económica. Asimismo, se concederá una única ayuda por cada puesto del mercadillo dominical. Finalmente, se concederá una única ayuda a cada profesional del servicio de taxi por cada licencia que ostente.

 

Toda la información en el siguiente enlace

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